CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL.
El caso en el que el trabajador da por rescindido el contrato de trabajo, es análogo a aquél en el que es despedido, toda vez que se producen los mismos efectos, esto es la ruptura del contrato por culpa del patrono y por consiguiente, existiendo la misma razón, debe aplicarse analógicamente el mismo precepto, pues no sería justo que se concediera una indemnización cuando el trabajador es despedido y se niega cuando el mismo se vea obligado a separarse del trabajo, por causas imputables al patrono.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373095-01e9b85f/contrato-de-trabajo-rescision-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6443/44. Duplat E. María. 23 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.
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