FALTAS INJUSTIFICADAS DE LOS TRABAJADORES.
Si la actora dejó de presentarse a recoger trabajo y no justificó que sus faltas lo fueran con el permiso de la demandada, ni con causa justificada, la Junta, al estimar analógicamente aplicable la fracción X del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo y al absolver a la demandada del pago de la indemnización constitucional y de los salarios caídos, no violó en perjuicio de la quejosa, garantía constitucional alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373111-1020e7aa/faltas-injustificadas-de-los-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6568/44. Ávila Beatríz. 25 de enero de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DESPIDO JUSTIFICADO. (s/clave)
- TRABAJADORES DESPEDIDOS ANTES DE UN MES DE PRESTAR SUS SERVICIOS. (s/clave)
- FALTAS INJUSTIFICADAS, RESCISION LEGAL POR, NO OBSTANTE EXISTIR PREVIAMENTE SUSPENSION. (s/clave)
- LAUDOS CONGRUENTES. (s/clave)
- FALTAS DE ASISTENCIA, OBLIGACION DE INFORMAR LA CAUSA DE LAS. (s/clave)
- LAUDOS CONGRUENTES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis