JUNTAS, REGLAS PARA LA RECEPCION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
En el procedimiento de trabajo, no son aplicables, en general, las reglas del derecho común para la recepción y calificación de las pruebas, dado que por la propia naturaleza de ese procedimiento, las partes gozan de mayor amplitud y de facilidades, para el efecto de evidenciar los hechos en que basan sus respectivas pretensiones. Por tanto, si el actor en el conflicto de trabajo, señaló como prueba de su parte, determinados documentos, eso era bastante para que la Junta ordenara la expedición de las copias respectivas, el cotejo o cualquier medio de traer esos documentos al expediente, con tanta mayor razón, si los mismos se encontraban en los archivos de la propia Junta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375317-f41c5cb5/juntas-reglas-para-la-recepcion-de-las-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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