JUNTAS, APRECIACION DE LA PRUEBA TESTIMONIAL POR LAS.
Dado el sistema de apreciación que rige ante las Juntas, es lícito que estas tomen en consideración las declaraciones de los testigos, aun cuando se trate de personas que, conforme al derecho común, puedan ser tachadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/375608-74608c5d/juntas-apreciacion-de-la-prueba-testimonial-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8599/42. Sindicato de Trabajadores del Plantel "Morelos" del Municipio de Ciudad Victoria, Tamaulipas. 21 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Hermilo López Sánchez.
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