SEPARACION DE LOS TRABAJADORES POR ORDENES DEL SINDICATO RESPECTIVO.
No es potestativo para el patrono sino obligatorio, separar a los trabajadores, cuando así lo pide el sindicato respectivo, fundándose en el contrato colectivo de trabajo, y si dicho sindicato no fue oído en la reclamación promovida por el trabajador en contra del patrono, no está obligado a respetar el laudo; por otra parte, el patrono no está en posibilidad de conocer y juzgar de la legalidad o ilegalidad de la medida tomada por el sindicato, contra el obrero reclamante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376049-8cd4715d/separacion-de-los-trabajadores-por-ordenes-del-sindicato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6355/42. Sam Lee. 6 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.
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