TRABAJO, PRESENTACION DE LOS TESTIGOS DE LAS PARTES EN EL PROCEDIMIENTO DE.
Si no se integra una Junta en la fecha fijada para la audiencia, el actor, de acuerdo con el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, que impone a las partes la obligación de presentar a sus testigos, si se encuentra imposibilitado de hacerlo, debe gestionar en tiempo, la expedición de un nuevo citatorio, y si no lo hace, la Junta puede legalmente declarar desierta la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377065-8920105d/trabajo-presentacion-de-los-testigos-de-las-partes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3308/41. Hernández Timoteo. 7 de octubre de 1941. Unanimidad de 4 votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.
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