CONTRATO DE TRABAJO VERBAL.
El artículo 24 de la Ley Federal de Trabajo, determina los requisitos que debe contener todo contrato escrito de trabajo. El 27 autoriza la celebración de contratos verbales, los cuales deben concertarse en términos análogos a los que precisan las fracciones II, III, IV, V y VI, del primero de los preceptos citados, por lo que si se estipulan algunas contrarias a ese precepto, deben considerarse nulas conforme al artículo 22 de la ley que se cita; y siendo esto así, los contratos de trabajo en forma verbal, deben tenerse por celebrados en los términos ordinarios a que hace referencia el referido artículo 24.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377395-480ba363/contrato-de-trabajo-verbal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATO DE TRABAJO VERBAL. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO VERBAL. (s/clave)
- TRABAJO, CONTENIDO DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO INDIVIDUAL, LA FALTA DE ALGUNO DE SUS REQUISITOS NO PRIVA AL TRABAJADOR DE SUS DERECHOS. (s/clave)
- CONTRATOS DE TRABAJO, FORMA DE LOS. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO VERBAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis