PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS.
Si una Junta después de estudiar debidamente todas y cada una de las pruebas rendidas, llega a la conclusión de que unos trabajadores no demostraron la existencia del contrato de trabajo, resulta que esta es la razón por la cual absolvió al demandado, y no la de que el contrato existente entre las partes, fuera de carácter mercantil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378475-e8698ca7/pruebas-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8221/39. Vanvollenhoven Pedro y coags. 23 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.
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