JUNTAS, VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO, POR LAS.
El que una Junta llame confesión al hecho de que una empresa presente como prueba un certificado médico que, en concepto de la propia Junta, perjudica a la misma empresa, porque acredita el reconocimiento de la obligación que tenía de pagar a un obrero, mientras durara su enfermedad, no implica que la Junta tenga por confesa a la empresa, sino que analizando un dictamen pericial, deduce un reconocimiento de la empresa sobre determinado derecho, y no puede decirse que esto constituya violación al procedimiento; por tanto, el agravio que en tal sentido se haga valer, será improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378555-484812d7/juntas-violaciones-al-procedimiento-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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