JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, PRUEBA DOCUMENTAL TOMADA INDEBIDAMENTE EN CUENTA POR LAS.
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje tomó en consideración en su laudo, un documento firmado por varias personas, sin exigir la ratificación del mismo por los firmantes, a pesar de tener estos el carácter de terceros, sin que hubieran ratificado su contenido y las firmas del documento, ni sido citados ante la Junta, a fin de que la parte actora pudiera hacer repreguntas, debe concederse el amparo para el efecto de que la Junta dicte nuevo laudo, en que sin tomar en cuenta el documento de que se habla, resuelva lo que proceda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379096-58cd2dd3/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje-prueba-documental-tomada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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