HUELGA, PETICIONES FORMULADAS ANTES DE DECLARAR LA.
El artículo 264, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, debe interpretarse en el sentido de que en un pliego de peticiones en el que se conmina para la declaración de una huelga, puede haber peticiones comprendidas en el artículo 260 y otras que no lo estén. Es indudable que basta la existencia de alguna o algunas de aquéllas consignadas en la ley, para que cumpliéndose los demás requisitos (declaración hecha por la mayoría de los trabajadores, etcétera), la huelga deba ser considerada existente, ya que concluir lo contrario, llevaría al absurdo de exigir que las peticiones fueran todas y cada una fundadas en ley, lo que equivale a decir que los obreros o sus sindicatos deben ser infalibles; lo cual esta contrapuesto a la naturaleza humana; y cuando hubiere peticiones procedentes y fundadas y otras no, la autoridad sólo debe desestimar estas últimas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379139-33e29202/huelga-peticiones-formuladas-antes-de-declarar-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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