Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

TRABAJO, DESISTIMIENTO DE LA ACCION EN MATERIA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 380125 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 561

El artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, dispone que se tendrá por desistida de la acción intentada, a toda persona que no haga promoción alguna en el término de tres meses, siempre que esa promoción sea necesaria para la continuación del procedimiento, y si era necesaria dicha promoción, por la imposibilidad en que se encontraba la Junta para revocar su acuerdo, en virtud de la cual ordenó la suspensión del procedimiento, hasta tanto hubiera nueva promoción, ese acuerdo quedó firme y se notificó a las partes, resulta que sólo en el caso de que se hubiese hecho promoción por la parte actora o por la demandada, podía seguir adelante la tramitación del conflicto, pero si transcurre más del término de tres meses, sin que se hiciera esa promoción, debe aplicarse el citado artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380125-30a646c3/trabajo-desistimiento-de-la-accion-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 5669/37. Ponce Pedro y coags. 20 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñarritu.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis