LAUDOS INCONGRUENTES.
Si unos trabajadores demandan al patrono, por el pago de la indemnización constitucional, alegando que fueron separados injustificadamente del trabajo, y la Junta, incurriendo en incongruencia notoria, condena al demandado a la reinstalación de dichos trabajadores, sin tener en cuenta la excepción de prescripción que opuso el demandado, la mencionada Junta viola la disposición contenida en el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, según la cual, los laudos deben ser claros, precisos y congruentes con la demanda, la contestación y con las pretensiones de las partes, expuestas en aquéllas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380419-7993afa3/laudos-incongruentes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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