VACACIONES CONVENCIONALES.
Si el patrono no tenía obligación de conceder vacaciones a sus trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo, resultaba ocioso establecer una cláusula sobre el particular en el convenio relativo, pero si en éste se dijo que se concederían vacaciones a determinado trabajador, de acuerdo con su antigüedad y con goce de sueldo, es claro que ello implica que dichas vacaciones deberán regularse por lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380478-f5695193/vacaciones-convencionales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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