TRABAJO, CONTRATO DE.
Si un trabajador, al absolver posiciones, dice que no hizo contrato alguno con el patrono, es indudable que se refiere a la forma del mismo, verbal o escrita, y de ninguna manera al carácter mercantil de sus relaciones con la parte patronal, si al contestar una pregunta del pliego respectivo, manifiesta "que es inexacto que haya abandonado el trabajo", lo que comprueba la interpretación que le da a su contestación, y con mayor razón debe presumirse la existencia de tal contrato, si el patrono no se excepciona con el carácter del celebrado entre las partes, sino que, por el contrario, expresamente reconoce que era su trabajador la persona con quien contrató.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380575-b91aea6a/trabajo-contrato-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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