JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
El hecho de que, a propósito de una prueba se den determinados argumentos, no implica implica que la misma hubiera sido desechada, sino que, por el contrario, demuestra que sí se la tuvo a la vista, lo que quiere decir que el problema que se plantea es de fondo, a saber, si la argumentación de la Junta es o no correcta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381866-89c514df/juntas-apreciacion-de-las-pruebas-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1643/34. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 20 de febrero de 1936. unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Relator: Alfredo Iñárritu.
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