SINDICATOS, CONTRATO COLECTIVO OBLIGATORIO CON LOS.
Los patronos que emplean trabajadores pertenecientes a un sindicato, tienen la obligación de celebrar con éste, cuando lo solicite, un contrato colectivo de trabajo, y cuando en una misma empresa existen varios sindicatos, el contrato colectivo deberá celebrarse con el que tenga mayor número de trabajadores en la negociación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382753-cf9b0c5c/sindicatos-contrato-colectivo-obligatorio-con-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 14818/32. Unión de Empleados de Cantinas de Mexicali. 5 de Septiembre de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.
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