JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
Si el trabajador ofrece una prueba pericial en el procedimiento de reclamación de salarios con la finalidad de determinar el que debe percibir, y no plantea ante la Junta, cuestión alguna sobre fijación de salarios, por conceptuar no remunerador el pago, no está dicha Junta obligada a examinar y valorizar esa prueba, pues resultaría inútil su examen, atentos los términos propuestos en la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383697-6eb18ff2/juntas-pruebas-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2812/33. Vidales María. 11 de octubre de 1933. Mayoría de tres votos. Disidentes: José López Lira y Daniel V. Valencia. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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