CONFLICTOS DE TRABAJO, LEYES QUE LOS RIGEN.
El derecho común no obliga a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, las cuales deben atender únicamente a la Constitución Federal y a las leyes del trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383836-827f3480/conflictos-de-trabajo-leyes-que-los-rigen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3566/27. México Sinclair Petroleum, Company, S. A. 16 de julio de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
Jurisprudencia relacionada
- CONFLICTOS DE TRABAJO. (s/clave)
- CONFLICTOS DE TRABAJO. (s/clave)
- CONTRATOS DE TRABAJO, LEYES QUE RIGEN LOS. (s/clave)
- CONFLICTOS DE TRABAJO. (s/clave)
- CONFLICTOS SURGIDOS EN LAS RELACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE TRABAJO, NO TIENEN APLICACION LOS ARTICULOS 22 Y 23 CONSTITUCIONALES TRATANDOSE DE LOS. (s/clave)
- JUNTAS DE CONCILIACION, OBLIGACION DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis