Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

JUNTAS DE CONCILIACION, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 383919 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4485

Tanto la Suprema Corte de Justicia como los Jueces de Distrito, al fallar amparos en materia de trabajo, pueden sustituir su criterio en la apreciación que las Juntas de Conciliación y Arbitraje hagan de las pruebas rendidas por las partes, ya que toda sentencia, si bien tiene como elemento el acto de voluntad del órgano jurisdiccional, tiene también como precedente necesario el juicio lógico que debe informar aquel; y además, dentro de nuestro sistema constitucional, no puede estimarse que sobre una autoridad específicamente las jurisdiccionales, no puede ejercerse control, en relación con la legalidad de sus actos, pues esto seria contrario al propio régimen de legalidad que, como misión del juicio de amparo, a través de su artículo 14, establece la propia Carta Fundamental.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383919-303bc789/juntas-de-conciliacion-apreciacion-de-las-pruebas-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 2270/42. Alfaro José y coagraviado. 21 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis