OBREROS, REINSTALACION DE LOS.
Contra el laudo de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que los mande reinstalar en sus puestos, es improcedente conceder la suspensión, porque con ello se causarían a los obreros daños difícilmente reparables.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384060-1523c7fd/obreros-reinstalacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Compañía del Ferrocarril Sud-Pacífico de México. 6 de diciembre de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente: La publicación no menciona el nombre del ponente.
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