INMIGRANTES (NATURALIZACION).
Los requisitos exigidos por el artículo 63 del Reglamento de la Ley General de Población no son para que se pueda adquirir la calidad de mexicano por naturalización, sino sólo para adquirir la categoría de inmigrante, como se deduce del rubro de ese precepto reglamentario, de su texto y del contenido del artículo 49 de la propia Ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384949-9ac2b9af/inmigrantes-naturalizacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 318/51. Halpern de Villa Irene. 24 de febrero de 1955. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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- EXTRANJEROS, CALIDAD DE INMIGRANTES. (s/clave)
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