DAÑOS Y PERJUICIOS, MONTO DE LOS.
Es cierto que una prueba pericial sobre que una finca se encuentra dañada, no puede por sí sola estimarse bastante para declarar procedente la acción sobre pago de daños y perjuicios, ya que no se determina cuantía alguna; pero habiéndose probado los daños en forma genérica, el juez sí puede condenar a su pago igualmente en forma genérica, con el objeto de que posteriormente se regule su importe, siguiendo el procedimiento establecido por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385913-b6640dd7/danos-y-perjuicios-monto-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 9165/50. Gómez Puente Carmen. 23 de junio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ángel González de la Vega. Ponente: Gabriel García Rojas.
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