ARBITRIO JUDICIAL.
Si la sentencia reclamada al razonar su arbitrio, únicamente se refiere a que "debe considerársele un delincuente de alta peligrosidad social, ya que ha incurrido en un nuevo delito del mismo género y por tanto está demostrada su inclinación delictuosa" y no atiende a ninguna otra circunstancia, debe estimarse, que la responsable no hizo debido uso del arbitrio, al imponer el máximo de la pena sin atender a todas las demás circunstancias resultantes de las condiciones personales del inculpado y de ejecución del delito, siendo insuficiente para considerarlo de máxima peligrosidad el haber tenido una condena leve, por el delito anterior, muchos años antes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800851-13ccc47d/arbitrio-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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