DUDA Y EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD.
El estado de duda que debe resolverse en sentido favorable a los acusados y conducir a absolverlos, sólo produce efectos cuando la hesitación racionalmente fundada recae respecto a si el imputado cometió el delito que se le imputa; pero si la incertidumbre que se aduzca no versa sobre esa cuestión sino acerca de si concurrió alguna eximente de responsabilidad, o no, ello no puede motivar la absolución sino la condena, por cuando que en tal hipótesis persiste la presunción de intencionalidad delictiva, estatuída por el artículo 7o. del Código Penal del Estado de Jalisco, igual al 9o. del Distrito y Territorios Federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800950-6437cd87/duda-y-eximente-de-responsabilidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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