Corpus
Modo: Corpus Pro

DUDA ABSOLUTORIA.-

Clave: 130 · Registro digital (IUS): 904111 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, Jurisprudencia SCJN; Pág. 89

El estado de duda que implica la obligación legal de absolver al acusado, sólo produce efectos cuando la hesitación racionalmente fundada recae respecto a si el acusado cometió o no el delito que se le imputa.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/904111-83caf50d/duda-absolutoria-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Época: Amparo directo 742/58.-José Neri Herrera.-12 de septiembre de 1958.-Cinco votos.-Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Amparo directo 6379/59.-Enrique Peralta Peña.-29 de enero de 1960.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Amparo directo 7415/59.-Isidro Soriano Pozos.-18 de abril de 1960.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Ángel González de la Vega. Amparo directo 7983/59.-J. Guadalupe Jáuregui Valencia.-6 de mayo de 1960.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Ángel González de la Vega. Amparo directo 8110/60.-Margarito Zermeño Sotelo.-14 de noviembre de 1961.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Alberto R. Vela. Apéndice 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, página 77, Primera Sala, tesis 136.

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