DUDA ABSOLUTORIA.
El estado de duda que implica la obligación legal de absolver al acusado, sólo produce efectos cuando la hesitación racionalmente fundada recae respecto a si el acusado cometió o no el delito que se le imputa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1005487-067f4609/duda-absolutoria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 742/58.—José Neri Herrera.—12 de septiembre de 1958.—Cinco votos.—Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Amparo directo 6379/59.—Enrique Peralta Peña.—29 de enero de 1960.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Amparo directo 7415/59.—Isidro Soriano Pozos.—18 de abril de 1960.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Ángel González de la Vega.
Amparo directo 7983/59.—J. Guadalupe Jáuregui Valencia.—6 de mayo de 1960.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Ángel González de la Vega.
Amparo directo 8110/60.—Margarito Zermeño Sotelo.—14 de noviembre de 1961.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Alberto R. Vela.
Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 89, Primera Sala, tesis 130.
Jurisprudencia relacionada
- DUDA ABSOLUTORIA. (136)
- DUDA ABSOLUTORIA.- (130)
- DUDA, CASO EN QUE NO EXISTE EL ESTADO DE. (s/clave)
- DUDA, CASO DE. (s/clave)
- DUDA, CASO DE. (s/clave)
- DUDA EN MATERIA PENAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis