Corpus
Modo: Corpus Pro

DUDA ABSOLUTORIA.

Clave: 109 · Registro digital (IUS): 1005487 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Primera Parte - SCJN Sección - Sustantivo; Pág. 103

El estado de duda que implica la obligación legal de absolver al acusado, sólo produce efectos cuando la hesitación racionalmente fundada recae respecto a si el acusado cometió o no el delito que se le imputa.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1005487-067f4609/duda-absolutoria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 742/58.—José Neri Herrera.—12 de septiembre de 1958.—Cinco votos.—Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Amparo directo 6379/59.—Enrique Peralta Peña.—29 de enero de 1960.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Amparo directo 7415/59.—Isidro Soriano Pozos.—18 de abril de 1960.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Ángel González de la Vega. Amparo directo 7983/59.—J. Guadalupe Jáuregui Valencia.—6 de mayo de 1960.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Ángel González de la Vega. Amparo directo 8110/60.—Margarito Zermeño Sotelo.—14 de noviembre de 1961.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Alberto R. Vela. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 89, Primera Sala, tesis 130.

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