Corpus
Modo: Corpus Pro

SUPLENCIA DE LA QUEJA EN AMPARO PENAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 804461 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 427

Si no se trata del acusado, sino del ofendido, que fue coadyuvante del Ministerio Público en el proceso seguido a aquél, no puede suplirse la deficiencia de la queja, en beneficio del promovente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804461-942d3b9e/suplencia-de-la-queja-en-amparo-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 4743/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.

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