SEGUROS, PAGO DE COMISIONES EN CASO DE.
Establecido que una persona tiene derecho a que otra le pague parte de la comisión que perciba por un seguro, durante el período de un año, las presunciones en que se haya fundado la procedencia de la acción, son valederas para fundar el pago de la comisión por todo el tiempo que permanezca en vigor el mencionado seguro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805221-fe1e13dc/seguros-pago-de-comisiones-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6742/47. Vasconcelos Samuel. 31 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos en relación con el no sobreseimiento y por mayoría de tres votos, respecto al otorgamiento del amparo. Disidente: Rafael Matos Escobedo. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Felipe de J. Tena Ramírez.
Jurisprudencia relacionada
- SEGUROS A FAVOR DE MENORES, PAGO DE LOS. (s/clave)
- AGENTES DE SEGUROS, PRESCRIPCION DE LAS COMISIONES DE LOS. (s/clave)
- COMPAÑIAS DE SEGUROS. (s/clave)
- COMISIONES. PAGO, PREVIA LIQUIDACION DE LAS. (s/clave)
- COMISION, FORMA DE PAGO. (s/clave)
- PAGO DE MERCANCIAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis