OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.
La sola declaración de la víctima, no adminiculada con ningún elemento de convicción, es insuficiente para dictar una sentencia condenatoria en contra de un procesado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807588-019c6cb5/ofendido-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4671/49. Olarte Clemente. 9 de marzo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: De la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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