ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE.
La circunstancia de que el acusado haya otorgado un vale con el propósito de reintegrar el dinero del querellante, que había tomado para su provecho, en modo alguno desnaturaliza el requisito esencial concerniente a la disposición indebida por parte del infractor, pues el hecho de que haya tomado el dinero para su provecho en perjuicio de la víctima, es por sí solo un acto de disposición, independientemente del propósito que tenga el abusador, de reintegrar la suma de que dispuso indebidamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807693-a0c91eb2/abuso-de-confianza-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 805/44. Oviedo Olmos Rafael. 7 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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