PROCESOS, APRECIACION DE PRUEBAS EN LOS.
Aun cuando la apreciación de la prueba testimonial en un proceso, puede hacerse en la sentencia que ponga fin al mismo, esto no impide que el juzgador examine las pruebas recabadas durante la averiguación previa para estimar y valorizar los datos que se encuentren plenamente demostrados, a fin de ver si existe la comprobación del cuerpo del delito exigida por el artículo 19 constitucional, para dictar el auto de formal prisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808205-08913ae0/procesos-apreciacion-de-pruebas-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3176/43. Ambrosio Antonio. 11 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PROCESOS, PRUEBAS EN LOS. (s/clave)
- APRECIACION DE LA PRUEBA. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACIÓN DE LA.- (2396)
- PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL PROCESO, APRECIACION DE LAS. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL PROCESO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis