PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
Si bien la fracción II del artículo 330 de la Ley Federal del Trabajo, se refiere a las acciones de las personas que dependieron económicamente de los trabajadores muertos en accidentes de trabajo y no a los que mueren a consecuencia de enfermedades profesionales, debe decirse que unas y otras acciones, son especies o variantes de un mismo género (riesgo profesional), corroboradas con las definiciones respectivas que se hacen en los artículo 285 y 286 de la propia ley, y por ende, están sujetas a la misma disposición que se analiza, en lo que a prescripción atañe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808445-47ecb375/prescripcion-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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