HOMICIDIO.
La ley penal del Distrito Federal determina que la comprobación del homicidio, la constituyen los datos de la descripción que hará el agente de la Policía Judicial, que practique las diligencias, y la autopsia del cadáver hacha por peritos, que expresarán con minuciosidad el estado que guarde y las causas que originaron la muerte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810609-7c9cf1da/homicidio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Tomás José Cirilo. 29 de enero de 1925. Mayoría de seis votos, respecto al primer punto resolutivo. Disidentes: Manuel Padilla, Ricardo B. Castro, Teófilo H. Orantes y Gustavo A. Vicencio. Unanimidad de diez votos, por lo que hace al segundo punto resolutivo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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