FUNCIONARIOS PUBLICOS, CESACION DE LOS.
Es improcedente conceder la suspensión contra ella, porque los perjuicios que se le originan al quejoso, no son difícilmente reparables, dados los efectos restitutorios propios del juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811257-8abebb60/funcionarios-publicos-cesacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. González Gamboa Ramón. 1o. de octubre de 1920. Unanimidad de diez votos. El Magistrado Adolfo Arias no voto en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- REMOCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS. (s/clave)
- FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PUBLICOS. (s/clave)
- REMOCION DE EMPLEADOS. (s/clave)
- SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO. (s/clave)
- SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis