SOCIEDAD CONYUGAL, TERMINOS DE LA DISOLUCION DE LA.
Si en el convenio acompañado por los cónyuges al divorcio por mutuo consentimiento, se pactó que el inmueble que comprende el domicilio conyugal y la negociación en él establecido, quedaban en exclusiva propiedad de la tercera perjudicada y ésta a su vez expresó: "estar conforme en ceder y traspasar sin limitación alguna en favor de su esposo Fernando Méndez Pulido, la totalidad de los demás bienes muebles e inmuebles que hasta el día de hoy forman parte de la sociedad conyugal, que tienen constituida… ", resulta evidente que no son claros los términos en que fue redactada esa cláusula, toda vez que no se determinan cuáles son los bienes que quedaron en favor del peticionario de amparo, ocasionando con ello, imposibilidad par apreciar si es equitativa la disolución de la sociedad conyugal; máxime, que le citado convenio se hizo en contravención de lo señalado en el artículo 273, fracción V, del Código Civil del Estado de Nuevo León, el cual refiere que los cónyuges que soliciten su divorcio por mutuo consentimiento, estarán obligados a presentar al juzgado un convenio el cual contendrá: "La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento, y la de liquidar dicha sociedad después de ejecutoriado el divorcio, así como la designación de liquidadores. A ese efecto se acompañarán un inventario y avalúo de todos los bienes, muebles o inmuebles de la sociedad". Por tanto, se llega a la conclusión lógico jurídica que por los términos ambiguos en que fue redactada esta cláusula y contravenir la disposición indicada, carece de efectos y, por consiguiente, se debe proceder a la disolución de la a sociedad conyugal, incluyendo los bienes asignados a la tercera perjudicada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812102-4bbf17fb/sociedad-conyugal-terminos-de-la-disolucion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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