CHEQUE SIN FONDOS PRESENTADO PARA SU COBRO FUERA DEL TERMINO LEGAL.
No obstante que la consignación se haga ante un Juez de Distrito, ejercitando acción penal por el delito previsto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la competencia para conocer del proceso se surte en favor del fuero común si se demuestra que el cheque fue presentado para su cobro ante la institución librada fuera del término o plazo legal expresado para ello, y el agente del Ministerio Público, reclasificando la acción, la ejercita por el delito de fraude genérico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812667-e97ec8e1/cheque-sin-fondos-presentado-para-su-cobro-fuera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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