DELITO BASE DE LA SENTENCIA.
El Ministerio Público puede en sus conclusiones variar la clasificación del delito perseguido, siempre que se trate de los mismos hechos; y el Juez no viola garantías en perjuicio del acusado al admitir el cambio de clasificación; mas si lo que se transmuta no es propiamente la clasificación, sino la naturaleza del delito, como ocurre en el presente caso, en que el delito de "golpes simples", se sustituye por el de "tentativa de violación" y por este delito no incluido en la consignación, ni en el auto de formal prisión, dicta sentencia condenatoria, viola con ello las garantías consignadas en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812791-76c767fa/delito-base-de-la-sentencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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