EXPRESION DE AGRAVIOS.
Si en el juicio de amparo, el que se dice agraviado contra el fallo que pronunció la autoridad a quien señala como responsable, por causa que se ignora, en lugar de exponer los motivos en que se funda para sostener que el acto que reclama es anticonstitucional, hace argumentaciones que en lugar de combatir los fundamentos del acto reclamado, robustecen las razones que tuvo la autoridad responsable para dictarlo, en ese caso no hay expresión de agravios y por falta de éstos debe negarse al quejoso el amparo de la Justicia Federal, según tesis que ya tiene establecida esta Suprema Corte, marcadas con los números 65 y 66 en el Apéndice al Tomo XCVII del Semanario Judicial de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814194-b21bbcea/expresion-de-agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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