PRUEBAS.
No puede ser discrecionalmente subjetiva la apreciación de las autoridades del trabajo para admitir o desechar pruebas no contrarias a derecho por falta de relación con los puntos debatidos, sino debe estar regida por las constancias de autos y especialmente por los términos en que quedó fijada la litis. En caso de duda, para resolver justificadamente, pueden requerir al oferente para que relacione la solicitud con un hecho controvertido, y así resolver el punto justificadamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814447-a9a665ad/pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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