CONFESION DEL ACUSADO.
Cuando en un proceso existe la declaración del acusado, en la que confiese haber privado de la vida a otro persona y esta confesión llena los requisitos que la ley exige para hacer prueba plena, y de ella además se desprende que concurrieron las calificativas de ventaja, alevosía y traición, la sentencia que lo condena por ese delito no viola en su perjuicio garantía constitucional alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814516-6cfc5999/confesion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4474/53/2a. Viveros Meza Sebastián. 12 de noviembre de 1954 Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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