LEY DE EMERGENCIA. PROCESO CUYA MATERIA ES TAN SOLO EL DELITO DE VIOLACION.
Es cierto que el Ministerio Público Municipal denunció los delitos de asalto y de violación, y aunque el Juez Municipal respectivo, decretó la prisión formal por tales delitos; pero también es verdad, que el agente del Ministerio Público ante el juzgado de primera instancia redujo el ejercicio de la acción penal al delito de violación y que el juzgado continuó el proceso exclusivamente por ese delito; de manera, que está comprobado que la materia de la causa no comprende el delito de asalto. Siendo así, el conocimiento del asunto compete al fuero común, porque la Ley de Emergencia establece la competencia privativa de los tribunales federales respecto del delito de asalto en camino o en despoblado, y aun cuando considera los casos en que concurren los de homicidio, violación y lesiones, ellos únicamente agravan la penalidad correspondiente al de asalto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815238-ba33c66e/ley-de-emergencia-proceso-cuya-materia-es-tan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LEY DE EMERGENCIA. DELITO DE VIOLACION. (s/clave)
- ASALTO, DELITO DE (LEGISLACION DE EMERGENCIA). (s/clave)
- ASALTO EN DESPOBLADO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL DELITO DE (LEYES DE EMERGENCIA). (s/clave)
- LEY DE EMERGENCIA. DELITOS DE ASALTO, ROBO Y LESIONES. (s/clave)
- LEY DE EMERGENCIA. INAPLICABILIDAD DE LA LEY EN EL CASO. DELITO DE HOMICIDIO. (s/clave)
- ASALTOS EN CAMINOS O EN DESPOBLADO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE ESOS DELITOS (LEYES DE EMERGENCIA). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis