AUTOPSIA.
Su omisión no es un obstáculo legal para que se considere probado el cuerpo del delito de homicidio, pues éste, de conformidad con el artículo 62 de la Ley de Procedimientos Penales en el Fuero de Guerra, puede demostrarse por todos los medios de prueba; y si la jurisprudencia ha dado tal interpretación a ese precepto, es claro que el artículo 396 sólo es aplicable cuando la autopsia del cadáver sea posible, cosa que no sucedió en este caso, porque los hechos se desarrollaron en una población donde no existía ningún perito médico, ni hospital civil o militar. La declaración del acusado, la de los testigos que depusieron en la causa, el certificado del encargado del puesto de socorros y el testimonio de un enfermero que vio el cadáver y lo identificó, demuestran, en el caso, la existencia del homicidio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815767-5ea8ccb0/autopsia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AUTOPSIA CERTIFICADO DE. (s/clave)
- AUTOPSIA DEL CADAVER. (s/clave)
- AUTOPSIA. (s/clave)
- AUTOPSIA. (s/clave)
- AUTOPSIA, NO ES NECESARIA PARA LA COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE HOMICIDIO. (s/clave)
- HOMICIDIO, CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION MILITAR). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis