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Modo: Corpus Pro

PRUEBAS DEL DEMANDADO NO COMPARECIENTE A LA AUDIENCIA DE CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 818609 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 68

Cuando la demanda formulada por despido se tiene por contestada en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario, en virtud de la incomparecencia del demandado a la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, puede éste ofrecer pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 755 de la Ley Federal del Trabajo, para demostrar la inexactitud de tal despido, pero si en vez de dichas pruebas ofrece otras cuyo objeto es el de demostrar alguna causa rescisoria, tal ofrecimiento no puede surtir efecto alguno, puesto que además de quedar el actor en estado de indefensión, el demandado que no compareció a la audiencia de demanda y excepciones adquiriría una situación procesal privilegiada, dado que sin haber opuesto excepciones respecto de la rescisión de la relación laboral, quedaría en posibilidad de ofrecer pruebas sobre una causal no invocada en el momento procesal oportuno.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818609-bb06f605/pruebas-del-demandado-no-compareciente-a-la-audiencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6405/78. Trinidad Méndez López. 19 de febrero de 1979. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García.

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