FERROCARRILEROS. EXAMEN MEDICO. LA ANTIGÜEDAD DE LOS TRABAJADORES EXTRAS QUE NO SE HAN SOMETIDO A EL, DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LO VERIFIQUEN.
El convenio de veintidós de marzo de mil novecientos sesenta y cuatro, celebrado entre la empresa demandada y el sindicato de sus trabajadores, mediante el cual aceptó la primera considerar regularizados a los trabajadores extras que aún no hubiesen cubierto los requisitos de admisión, hace la salvedad expresa del personal que no haya pasado examen médico, por lo que el trabajador que se encuentre en ese caso, carece de derecho para que se le reconozca antigüedad con anterioridad al día que aprobó dicho examen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818660-68e7e01d/ferrocarrileros-examen-medico-la-antiguedad-de-los-trabajadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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