AUTO DE FORMAL PRISIÓN, ES LA BASE DEL PROCEDIMIENTO PENAL.-
Si ejecutoriamente se concede el amparo contra el auto de formal prisión que se dicta en contra de un acusado, y con posterioridad se pronuncia sentencia definitiva en el mismo proceso, tanto aquélla como sus antecedentes procesales, carecen de validez legal; pues de los artículos 14 y 16 constitucionales, se desprende que el auto de formal prisión es una de las formalidades esenciales del procedimiento, ya que el proceso se apoya fundamentalmente en la estimación que del acto delictuoso ha hecho el Juez de la causa, para establecer la materia del juicio penal, y en consecuencia, cuando se dicte una sentencia sin que exista el mandamiento de prisión preventiva, se violan en perjuicio del acusado las garantías constitucionales que dichos preceptos le otorgan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905404-80b3fce4/auto-de-formal-prision-es-la-base-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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