ENCUBRIMIENTO.-
Está comprobado el cuerpo del delito de encubrimiento, si los acusados tuvieron conocimiento de que algunas personas iban a resistir con el empleo de las armas y al través de fortines preparados ad hoc, el que los ofendidos cercaran sus terrenos y, sin embargo, dichos acusados no trataron de evitarlo, poniéndolo en conocimiento de las autoridades.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906145-06bf80be/encubrimiento-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4179/56.-Lázaro Pérez Garza y coags.-17 de abril de 1958.-Mayoría de tres votos.
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen X, Segunda Parte, página 62, Primera Sala.
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