Corpus
Modo: Corpus Pro

ALIMENTOS CONTRACTUALES.-

Clave: 21 · Registro digital (IUS): 913629 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, P.R. SCJN; Pág. 15

Ha de ser puntualmente cumplida la obligación de suministrar la pensión de alimentos estipulada en contrato notarial, conforme a lo prevenido por los artículos 1796 y 1797 del Código Civil, pues tales alimentos no derivan de las obligaciones recíprocas impuestas por la ley a los cónyuges, en razón de la asistencia y protección familiar consagrada como deber legal. Además, de los artículos 1463 y 1464 del invocado código, en relación al artículo 430, fracción II, del de procedimientos civiles, se confirma que es diferente el régimen jurídico de los alimentos contractuales de los de carácter legal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/913629-a2a394a4/alimentos-contractuales-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 105/60.-David Aguilar Jiménez.-24 de octubre de 1960.-Unanimidad de cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen XC, Cuarta Parte, página 41, Tercera Sala.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.