Corpus
Modo: Corpus Pro

COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.

Clave: 82 · Registro digital (IUS): 395551 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice de 1965
Localización: [J]; 5a. Época; 3a. Sala; Ap. 1965; Parte VI; Pág. 155

Si el quejoso no acompaña a su demanda la copia certificada de constancia a que se refieren los artículos 107, fracción VII, de la Constitución Federal y 164 de la Ley de Amparo y por tal motivo no se demuestran las violaciones alegadas, debe negarse la protección federal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395551-93adfdb7/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo LXXVII, pág. 4036. Amparo directo 8162/39/Sec.2a. Ramos Andrés y coag. 13 de agosto de 1943. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXXVII, pág. 9. Amparo directo 6519/45/Sec. 1a. García Travesí Jorge. 3 de enero de 1946. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XCI, pág. 1722. Amparo directo 310/46/Sec. 2a. Molotla Magdalena. 27 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XCI, pág. 3196. Amparo directo. García Claudio. 27 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. (Lista de Ejecutorias). Tomo XCII, pág. 783. Amparo directo 6104/44/Sec.2a. Mejía González Manuel. 21 de abril de 1947. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. NOTA: La presente tesis no fue reiterada como vigente, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995

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