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Modo: Corpus Pro

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 1449

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 1449.- COMPRENSION DE UN CREDITO CEDIDO. La cesión de un

crédito comprende la de todos los derechos accesorios, salvo aquéllos que son

inseparables de la persona del cedente.

Los intereses vencidos se presume que fueron cedidos con el crédito principal.

Fuente oficial: consultar publicación

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